Una sentencia del Tribunal Supremo (TS)ha permitido a un propietario de una vivienda en el complejo residencial Santa Ana del Monte Jumilla Golf, promovido por Herrada del Tollo Grupo San José, recuperar cerca de 50.000 euros.
De este modo, el TS da una nueva oportunidad para la ejecución de avales por los compradores perjudicados de este ‘resort’, que cuenta con un total de 2.500 afectados, la mayoría ciudadanos británicos. Más de diez años después, todos estos propietarios podrán recuperar su dinero, apelando el Supremo a la Ley 57/1968 que será derogada el próximo 1 de enero de 2016.
Según indican desde el bufete de abogados Meoro Avilés, “la sentencia permite cobrar los avales bancarios por los acreedores que votaron a favor del convenio de Herrada del Tollo por la promoción de Santa Ana del Monte, pese haberse resuelto los contratos con posterioridad al concurso de acreedores. Circunstancias que, hasta la fecha, habían impedido el éxito de las reclamaciones judiciales de los avales”.
El Alto Tribunal condena a uno de los avalistas, la Sociedad de Garantía Recíproca de la Comunidad Valenciana, a la restitución de las cantidades afincadas. Todo, pese a que los compradores beneficiarios hayan resuelto sus contratos fuera del concurso de acreedores o se adhirieran al convenio concursal por el que se le daba prórroga para el pago de sus deudas.
Esta sentencia ha sido ganada por el abogado murciano Carlos Meoro, del bufete Meoro Avilés Abogados. A su juicio, “más vale tarde que nunca, ya que ha sido una larga cruzada jurídica contra distintas secciones de las Audiencia Provincial de Alicante y de Valencia desde 2012 y en ejecución de avales emitidos en 2005”.
Meoro ha explicado que “de alguna manera, el Supremo ha enmendado la repercusión que tuvo contra los compradores de viviendas sobre plano su ya conocida y polémica resolución a favor del pastor Pascual Carrión, por la que éste pudo conservar sus tierras con la suspensión y de las obras nulidad del plan parcial residencial Santa Ana del Monte en Jumilla”.
Según apuntan desde el bufete, “la historia se inició en diciembre de 2006 cuando el Ayuntamiento de Jumilla aprobaba en pleno una urbanización con 15.000 chalets y dos campos de golf. Ésta ocupaba parte de las 30 hectáreas propiedad del pastor Pascual Carrión y donde pastaban sus ovejas. Carrión se negó a ser expropiado e indemnizado, por lo que interpuso un recurso contencioso ante el Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJM) solicitando la paralización, no solo para mantener el uso agrícola que le daba sustento, sino por falta de agua suficiente para tal crecimiento. El TSJM denegó la petición por considerar que se enfrentaba un interés particular a otro general. El pastor interpuso entonces un recurso de súplica que desestimó el TSJM, por lo que se dirigió, en casación, al Tribunal Supremo. En octubre de 2009, éste le dio la razón porque no estaba acreditado el suficiente abastecimiento de agua”.
Por todo ello, Meoro cree que “ha sido un éxito personal y profesional para departamento mercantil del bufete, entre los que destaca mi compañera Pilar Alonso”. “La justicia es lenta, pero segura, pues, estando ya en fase de liquidación el concurso de acreedores de la promotora Herrada del Tollo, aún exige el juzgado de lo mercantil la resolución de los contratos de compraventa”, ha añadido.
“Esto es algo que no compartimos por parte de nuestra firma, ya que consideramos innecesaria la resolución para la ejecución de los avales emitidos al amparo de la preconstitucional Ley 57/68 y que, paradójicamente, ha servido hasta ahora de pretexto a las distintas fiadores avalistas de la concursada para oponerse al pago de las garantías”, ha puntualizado.
Así las cosas, con esta nueva doctrina se abre una vía de recuperación de pagos a cuenta que se realizaron para la compra de viviendas realizados, en su mayoría, por inversores extranjeros en plena ‘burbuja inmobiliaria’. Para más información y descarga de la resolución judicial, los afectados pueden visitar la página web www.meoroabogados.com.