Devolución de los gastos del Impuesto de las hipotecas

El Tribunal Supremo ha cambiado de criterio y ha establecido que son los bancos y no los clientes quienes los que deben pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) de las hipotecas. La noticia ha desatado una auténtica debacle bursátil para las entidades presentes en el Ibex 35 y ha abierto la puerta a que los usuarios reclamen a las entidades financieras la devolución de lo que pagaron en su día por este impuesto.

En una sentencia notificada el jueves, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso cambió de criterio y estableció que quien debe afrontar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados de las hipotecas es la entidad financiera. La decisión fue suscrita por cinco magistrados de la Sección Segunda, con un voto discrepante. La Sección Segunda es la que tiene encomendada la resolución de todos asuntos tributarios. Los magistrados de las otras seis secciones que tiene la Sala -y que ahora participarán en la decisión-

El Tribunal Supremo se reunirá dentro de dos semanas para tomar la decisión final de a quién corresponde pagar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados de las hipotecas. Será el lunes 5 de noviembre cuando los 31 magistrados del Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo se sentarán a deliberar si mantienen o no el nuevo criterio de que deben ser los bancos, y no el cliente, quien lo abone, tal y como acordó una de las secciones de la Sala el pasado jueves.

La fecha del Pleno se ha concretado en la reunión que el presidente del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, ha mantenido esta mañana con los protagonistas del desaguisado surgido en torno a la sentencia sobre el pago del impuesto de las hipotecas con la intención de analizar qué es lo que ha pasado.

https://www.elmundo.es/economia/macroeconomia/2018/10/18/5bc89b74e2704e9e0d8b477c.html

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